Aquellas en las que la organización y/o servicio requiera la asistencia de sus profesionales.
Están destinadas a adaptar a los trabajadores a las innovaciones tecnológicas, reestructuraciones organizativas, cambios legislativos, etc., que afecten fundamentalmente al
desempeño del trabajo, sobre todo en los supuestos de transformación o modificación funcional de los servicios, nuevo ingreso, incorporación a nuevo puesto, prevención de
riesgos laborales y seguridad en el trabajo.
Tendrán carácter de asistencia obligatoria siempre que se realicen en el horario laboral del trabajador y en aquellas situaciones en que resulte inviable la realización en dicho
horario y tengan que ser programadas fuera del mismo, pasarán a tener carácter de asistencia voluntaria compensada en tiempo al 200 %.
La admisión en las acciones formativas de carácter imprescindible se realizará de acuerdo a la relación de empleados municipales propuesta por el servicio municipal
pertinente al Departamento de Formación y que deberá incluir nombre, apellidos y DNI