Acciones formativas relacionadas con el puesto/plaza de trabajo.
Aquellas que no resulten imprescindibles para el mismo y en las que la organización y/o el servicio no requiera la asistencia de sus profesionales.
Están orientadas a una enseñanza que permita un mejor conocimiento de las técnicas y herramientas de trabajo, la promoción profesional y el desarrollo de la carrera
profesional
Se realizarán preferentemente en el horario laboral del trabajador, computando como tiempo de trabajo. En las situaciones que resulte inviable la realización en dicho horario
y tengan que ser programadas fuera del mismo, tendrán carácter de asistencia voluntaria compensada en tiempo al 100 %.